• Argentina, Uruguay y el caso Botnia. Posibles consecuencias judiciales

    Nuestro colega Carlos Cabana Cal, del programa Enfoques Positivos de FM Radio Cultura de Buenos Aires, entrevista al Dr. Carlos Guaia.

     

    Este abogado argentino es especialista en Derecho Empresario, Comercio Internacional y Arbitraje. Realiza un profundo análisis sobre las posibles acciones legales que surgen, tras el fallo del Tribunal de La Haya,  por el corte del puente internacional de Gualeguaychú. Así presenta la nota nuestro colega en el programa de radio:
     
     
    Dr. Carlos Guaia, abogado argentino experto en derecho internacional. Foto de Enfoques Positivos, Buenos Aires, Argentina
     
     
    “Nuestro invitado es Abogado, con un Master en la Cornell University (NY, EE.UU) Docente por concurso en la Facultad de Derecho (UBA), especializado en Derecho Empresario, Comercio Internacional y Arbitraje. Asesor jurídico y Director de Empresas nacionales y extranjeras, y fue Procurador General Adjunto de la Ciudad de Buenos Aires entre diciembre de 2007 y diciembre de 2009. Actualmente es Profesor a cargo del Seminario de arbitraje comercial internacional de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Salvador.

    P: El Diario CLARÍN tituló una nota suya, aparecida la semana pasada, “Ahora se viene una ola de demandas por los efectos del corte”, en alusión, claro está, al tema de la “pastera” BOTNIA, instalada sobre el río Uruguay. ¿Puede usted decirnos quiénes harán esos juicios y contra quienes serán entablados …?:

    R: “A partir del momento en que la Corte Internacional de Justicia falló en esto que se considera un fallo salomónico, pero que en realidad es una considerable derrota para los intereses argentinos, la cuestión relacionada con el Puente, en si mismo, es decir, con BOTNIA, y sus instalaciones accesorias, allí bajo del Puente General San Martín, ha quedado cerrada definitivamente. Y lo que queda ahora, son las consecuencias de lo que ha pasado en estos últimos años …”.

    P: Disculpe usted la interrupción, pero al decir que “ha quedado cerrada definitivamente”, ¿significa que no puede haber ningún tipo de apelación …?:

    R: “El fallo es inapelable porque así lo establece la Carta de las Naciones Unidas de 1945, por lo tanto la Argentina tiene a ese respecto, una cosa juzgada, material, en este aspecto, que le impide pretender un nuevo juzgamiento en cualquier otro Tribunal, incluso en un Tribunal local. Por ende, la Argentina tiene cerrada ya esas vías procesales, y queda, entonces, patente y pendiente de juzgamiento, un fallo anterior del Tribunal Arbitral del MERCOSUR, de Septiembre de 2006, en el que se estableció que la República Argentina tiene responsabilidad en la falta de la adopción de medidas necesarias, para mantener la disponibilidad de la vía de conexión internacional, que es el Puente General San Martín.

    Este fallo, que no ha trascendido mucho pero es muy contundente en lo que dice, es lo que ahora permite a las personas que están interesadas, en función de los agravios que padecieron a lo largo de muchos años, para demandar a la República Argentina, en los Tribunales federales, por los perjuicios sufridos por la indisponibilidad del Puente …”.

    P: ¿Pueden ser ciudadanos uruguayos también, quienes hagan esas demandas …?:

    R: “Sí, podrían serlo perfectamente, porque los ciudadanos de otro país pueden demandar a la República Argentina, en sus Tribunales federales, y en este caso podría ser la competencia originaria de la Corte Suprema cuando el daño se ha producido en el territorio nacional. Esto es lo que muy probablemente ocurra, pero lo más importante pueden ser las demandas de los ciudadanos argentinos, que han visto cercenados los derechos de paso, de un Puente que es propiedad de los contribuyentes, y que ha obligado a hacer rodeos, en algunos casos muy importantes, y en otros casos también muy costosos, especialmente para las distintas actividades económicas, porque de todas maneras, fíjese que no hubo una decisión del Gobierno argentino de cerrar el Puente, sino simplemente, por falta de una acción específica, el Puente quedó indisponible, por la acción unilateral de un grupo de personas”.

    P: Modestamente entendemos, sin ser especialistas, que si bien el Gobierno no lo ha provocado oficialmente, podríamos creer que ulteriormente resulta responsable, por haberlo permitido …

    R: “Totalmente, y precisamente esa es la causa de la acción. La causa de la acción es, como lo dice el Tribunal del MERCOSUR, la falta de adopción de medidas necesarias para mantener la disponibilidad de la circulación de bienes y servicios a través de esta obra de arte internacional …”.

    P: ¿Y en base a la experiencia y conocimientos específicos que usted reúne, cree que este tipo de juicios podrían prosperar, es decir, que los demandantes obtendrían fallos favorables de parte de los Jueces argentinos …?:

    R: “Yo no le veo otro remedio, porque no me explico cómo podría la República Argentina sustraerse de la responsabilidad civil por no haberse adoptado las medidas necesarias, y, lo que me parece más interesante, pero es para un análisis más extenso, es que la República Argentina va a tener que citar a juicio a los responsables personales de esto. Usted sabe que el régimen jurídico del Código Civil argentino, en los casos de los hechos ilícitos, y este sería uno de ellos, la responsabilidad es solidaria, por lo tanto, todas las personas que han participado del corte, responden con sus bienes, como responde la República Argentina, en caso de ser demandada. Y como esto es algo que en el fondo la Nación no debería responder, porque hay personas que tomaron la decisión de hacerlo, lo lógico es que los contribuyentes argentinos recuperen lo que pague la Nación, de los responsables directos … “.

    P: Esto, ya puede verse, va a terminar en un conflicto político serio, porque más allá de que quienes organizaron el corte del Puente, entienden que lo hacen por la defensa de sus intereses, del medio ambiente, de la Patria, de sus derechos, algo que no cuestionamos, al menos en este comentario, se van a ver perjudicados, además de que porque BOTNIA se queda, porque también el Estado podría enjuiciarlos …

    R: “Va a ser una complicación importante, porque hay mucha gente involucrada, de ambos lados. A lo largo del tiempo esto va a ir creciendo en importancia. Ahora, obviamente, las alharacas políticas que esto presenta, dejan postergada esta situación, pero este será el tema del que se va a hablar el año que viene …”.

    P: En base también a su experiencia, ¿Cree usted que lo de la Corte de la Haya ha sido un fallo justo, o fue algo que se acomodó, como comúnmente se dice, a lo “políticamente correcto”?:

    R: “Desde mi punto de vista estrictamente técnico, el fallo tiene una dialéctica política, pero en el fondo resuelve la cuestión sustancial de una manera justa. El planteo de la República Argentina, de demandar el desmantelamiento de estas instalaciones industriales, se hizo, y todo el mundo lo sabe, precisamente porque había que darle un marco jurídico, a los cortes del Puente, que ya se había producido. Por ende, la respuesta lógica, de este estado de cosas, era que hubiera una derrota sustancial de los intereses de nuestro país, con una victoria formal, en cuanto al incumplimiento de ciertas ritualidades previstas en el Estatuto del Río de la Plata. En el fondo, yo creo que el fallo es justo”.

    P: Le agradecemos que haya posibilitado que los oyentes primero, y luego los lectores del Portal, tomen conocimiento de una faceta hasta ahora no mencionada ni por los Medios ni por las autoridades.
    Descontamos que nos tendrá informados acerca de lo que pueda suceder, con respecto a lo aquí conversado, en el futuro …


    R: “Estoy a su disposición para cuando usted disponga”.

    Fuente: ENFOQUES POSITIVOS.

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    Lista de comentarios

    nicolas piovano03/05/2010 21:04:44

    Me parece mas un fallo político que justo, los vicios que veo son que la Corte de LA AYA es Europea y la pastera también, en otro orden de cosas la empresa esta construida y voltearla para construir una nueva en otro lugar sería muy costoso tanto en tiempo como en dinero, pero convengamos en que el gobierno de Kirchner y Señora no se ocupan mucho de defender los derechos de sus compatriotas, además la poca seriedad que manifiestan en todas sus decisiones promueve una respuesta adecuada a quien va dirigida.
    No quede ninguna duda que si el fallo afectaba un País como Chile o Brasil la decisión del Jurado no sería la misma, ni que hablar si el país en cuestión fuese Alemania, Francia o Inglaterra, por como lo hubieran defendido y por el otro el mayor patriotismo de sus gobiernos.
    Otro motivo en cuestión es que para Europa somos una raza inferior donde el respeto hacia los países sudamericanos tiene un trato diferencial

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